Te piden el documento
El conductor presenta el DeCA con su código QR o, en su defecto, solo el código QR.
La norma habla de cargadores, transportistas y conductores. Esta página es para ti, el transportista: qué tiene que estar listo antes de salir, qué se enseña en un control y cómo lo resuelve DecaSDS.
La norma pide que el DeCA exista antes de que empiece el servicio. Estas son cuatro cosas que tienen que estar listas.
Los datos que pide la norma, entre ellos quién contrata, quién transporta, origen y destino, y la naturaleza y el peso de la mercancía.
Se crea con esos datos, de forma nativa digital y con un QR dentro, antes de que el servicio empiece. No vale un papel escaneado.
Antes de salir, el conductor tiene una copia con el QR: en el móvil o impresa.
El QR lleva a una dirección única que descarga el PDF sin usuario ni contraseña. No caduca antes de que acabe el servicio.
Esto es lo que pasa cuando el inspector pide el documento.
El conductor presenta el DeCA con su código QR o, en su defecto, solo el código QR.
El QR lleva a la dirección única del documento, y el agente puede descargarlo mientras dura el servicio.
El enlace descarga el PDF sin pedir usuario ni contraseña, y sin botones que pulsar.
Si el conductor lleva una copia en papel, las anotaciones hechas a mano no cuentan. Los cambios se hacen siguiendo el método que explicamos a continuación.
Un cambio en los datos durante el viaje, como el destino, no se anota a mano. La norma da dos caminos.
Se añaden los datos nuevos y el motivo del cambio al PDF que ya existe.
Se genera un PDF nuevo con todos los datos.
En los dos casos, el conductor tiene que recibir el PDF actualizado.
La obligación alcanza a los transportes interiores, con origen y destino en España.
Con origen y destino en España, como un Málaga a Sevilla.
Las operaciones de cabotaje por territorio español también están incluidas.
Los que recorren solo parte de España usan los documentos de control de los convenios internacionales.
La orden deja fuera algunos transportes, como las mudanzas o la paquetería. Esto es una orientación, no asesoramiento legal: si tu caso es dudoso, consúltalo con tu gestor.
¿Ya usas una carta de porte u otro documento de transporte?Se admite usar su formato como DeCA, siempre que incluya todos los datos exigidos y distinga con claridad al cargador contractual del transportista efectivo.
DeCA frente a carta de porte →Tú pones los datos. DecaSDS prepara el documento y se lo hace llegar a tu conductor.
Desde el navegador, o importando un Excel.
Por correo o por WhatsApp, sin instalar ninguna app.
El PDF lleva un QR que apunta a una dirección pública y estable. El inspector lo abre sin usuario ni contraseña.
Fuente oficial: Resolución de 5 de junio de 2026 (BOE-A-2026-12784). Revisado el 2 de noviembre de 2026. Esto es una orientación, no asesoramiento legal: consulta la norma o a tu gestor.
Presupuesto por escrito antes de empezar.
Nos cuentas cuántos transportes haces y cómo gestionas hoy el documento.
Te damos un presupuesto por escrito y más información, antes de empezar.
Te ayudamos con el alta y con tus primeros documentos, hasta que te manejes con el programa.
Emites desde el navegador o importando tu Excel.
Respuestas directas, sin letra pequeña. La norma es la que manda: si dudas, consúltala.
La Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible lo fija a los diez meses de su entrada en vigor, que las fuentes del sector sitúan el 5 de octubre de 2026. La resolución técnica es del 5 de junio de 2026.
Una copia del DeCA con su código QR, en el móvil o impresa, antes de empezar el servicio. Si se lo piden, enseña el documento con el QR o, en su defecto, solo el QR.
No. Si lleva una copia impresa, no se tienen en cuenta las anotaciones manuscritas. Los cambios se hacen modificando el DeCA o generando uno nuevo, y el conductor debe recibir la versión actualizada.
No, un fichero obtenido al escanear un papel no vale. El PDF debe generarse de forma nativa digital, con un QR dentro. Sí puede usar el formato de una carta de porte, si incluye todos los datos que exige la norma.
Al menos un año, tanto el cargador contractual como el transportista efectivo. Si lo generó uno de los dos, basta con que el otro pueda descargarlo durante ese año.
La Orden FOM/2861/2012 obliga a formalizarlo tanto al transportista efectivo como al cargador contractual, pero no dice cuál lo genera materialmente. Revísalo con tu gestor o tu asociación.
La resolución no regula ese caso. Consúltalo con tu gestor o tu asociación.
No. Con DecaSDS recibe el documento por correo o por WhatsApp, sin instalar nada.
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